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lunes, 23 de noviembre de 2009

¿PACTO EDUCATIVO?

¿Pacto educativo?
por Pedro Zalazar

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El gobierno provincial ha concretado un llamado “Pacto Educativo”, con carácter de Política de Estado, para lo cual ha firmado un acuerdo con referentes de los partidos políticos con representación parlamentaria. En realidad, la educación estaba englobada en este concepto desde que se redactó la ley provincial Nª 6.970, elaborada por una Comisión Bicameral compuesta por legisladores de estos mismos partidos políticos. Y reforzado todo esto cuando se dictó la Ley Nacional Nª 26.206, consensuada en todo el país.

Ahora bien, la realidad política de la Provincia nos hace pensar que hay un desconocimiento general sobre el tema. Empecemos por el final. La Legislatura acaba de aprobar una ley prohibiendo el uso de celulares en las aulas y en horas de clase. Una ley absurda, no por su contenido, sino porque no era necesaria. La Constitución Provincial en su Artº 212 –Punto 1- da plenas atribuciones al/la Director/a General de Escuelas para la superintendencia, inspección y vigilancia de la enseñanza común y especial. Con una simple resolución de la Directora de la DGE., se hubiera solucionado el problema, ya que las mismas tienen rango constitucional.

Por otra parte, es fundamental que el Consejo General de Educación, tenga por fin sustento jurídico. En efecto la Constitución Provincial en su Artº 212 –Punto 5- expresa: “El Consejo General de Educación se compondrá, por lo menos, de cuatro miembros ad honorem, además del director general, nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado y se renovarán por mitad cada 2 años, pudiendo ser reelectos”. Bueno, desde que se implementó el Consejo General de Educación, por orden judicial, en ningún momento se cumplió con lo dispuesto por la Constitución Provincial. Es más todos sus integrantes han cumplido más de dos años y no se ha renovado la mitad correspondiente. Por otra parte, el Poder Ejecutivo debería haber convocado a las comunidades indígenas de la Provincia, reconocidas por el INAI., para que estas designen un representante para que integre el referido Consejo, tal cual lo establece el Artº 53 de la Ley 26.206 y conforme a lo establecido en el Artº 75 –Punto 17- de la Constitución Nacional.

De la ley 26.206, citaré algunos artículos e incisos; unos, porque no son tenidos en cuenta por el gobierno de la Provincia en este “Pacto” y otros porque le saca responsabilidades que la Provincia quiere arrogarse:

Artº 5 – El Estado Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales.

Artº 11-Inc. (ñ) Asegurar a los pueblos indígenas el respeto a su lengua y a su identidad cultural, promoviendo la valorización de la multiculturalidad en la formación de todos/as los/as educandos/as. Inc.(p) Brindar conocimientos y promover valores que fortalezcan la formación integral de una sexualidad responsable. Inc.(t) Brindar una formación que estimule la creatividad, el gusto y la comprensión de las manifestaciones del arte y la cultura. Inc.(u) Coordinar las políticas de educación, ciencia y tecnología con las de cultura, salud, trabajo, desarrollo social, deportes y comunicaciones, para atender integralmente las necesidades de la población, aprovechando al máximo los recursos estatales, sociales y comunitarios.

Artº 20-Inc. (e) Desarrollar la capacidad de expresión, comunicación a través de los distintos lenguajes verbales y no verbales: el movimiento, la música, la expresión plástica y la literatura.

El Capítulo XI EDUCACION INTERCULTURAL BILINGÜE – Artº 52 y 53 completos.

Artº 69. El Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, definirá los conceptos básicos concernientes a la carrera docente en el ámbito estatal.

Artº 79. El Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, fijará y desarrollará políticas de promoción de la igualdad educativa.

Artº 85. Para asegurar la buena calidad de la educación, la cohesión y la integración nacional y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el Ministerio de Educación, con el Consejo Federal de Educación: (a) Definirá estructuras y contenidos curriculares comunes y núcleos de aprendizaje en todos los niveles y años de la escolaridad obligatoria.

Como vemos, y acorde a declaraciones del Ministro Cazabán, el Gobierno propende a debates que no son de su responsabilidad (como los contenidos curriculares), e ignora lo que son sus obligaciones (como la participación de las comunidades indígenas).Pareciera, y así lo da a entender con su proceder en las áreas de seguridad y de salud, que el Gobierno Provincial pretende que su accionar sea como el “Ave Fénix” que hace resurgir desde las cenizas a Mendoza.

Perder el tiempo tratando de denigrar o destruir lo hecho por los gobiernos anteriores, más allá de las cosas que se deben corregir; aparentando que ellos (el gobierno actual), son los salvadores en una tierra arrasada, le hace un flaco favor a la política y en mayor medida a quién propugna este tipo de actitudes. No sea que terminemos “pidiendo perdón” por todo lo actuado e inmediatamente, diciendo que nuestro pedido de “perdón” es un acto de grandeza.
Link permanente: http://www.mdzol.com/mdz/nota/52467

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